EL TIEMPO PARA VIVIR EN CANADA
ES IMPORTANTE PARA
NO PERDER LA RESIDENCIA.
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.*CLAUDIA PALACIO
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PREGUNTA: Tengo que salir del país por un periodo indeterminado por asuntos de trabajo, pero aún no tengo la ciudadanía canadiense, ¿cuánto tiempo puedo estar fuera del país sin poner en riesgo mi estatus de residente?
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RESPUESTA:
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El tiempo requerido para mantener la residencia permanente en Canadá y el tiempo requerido para solicitar la ciudadanía son dos de las preguntas que más frecuentemente nos hacen en la oficina.
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De acuerdo con la ley de inmigración canadiense, una persona debe residir en Canadá un mínimo de 730 días en un periodo de 5 años para conservar su estatus de residente permanente. Es decir que debe vivir dos años de cada cinco en Canadá.
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Hay algunas excepciones a la ley de obligaciones de residencia, por ejemplo que la persona se encuentre trabajando fuera de Canadá para una compañía canadiense; que la persona se encuentre acompañando a su cónyuge o hijos que se encuentran viviendo fuera de Canadá si ellos son ciudadanos canadienses; o que la personase encuentre trabajando para el gobierno federal o alguno de los gobiernos provinciales fuera de Canadá.
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El tiempo de residencia en Canadá no tiene que ser continuo, puede darse en periodos de tiempo interrumpidos, pero debe sumar mínimo 730 días al final del lapso de 5 años.
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Si por razones de fuerza mayor el tiempo de estadía fuera de Canadáse extiende y no se alcanza a cumplir con el número de días requerido, se puede presentar la evidencia pertinente al Ministerio de Inmigración y solicitar que se renueve la residencia permanente. Hay que tener en cuenta que una razón de fuerza mayor no es, por ejemplo, que la persona se quiso ir a estudiar a otro país. Las razones de fuerza mayor que se consideran bajo este tipo de circunstancias son, por ejemplo, enfermedad del solicitante o la enfermedad de los padres, hijos o esposos del solicitante que requería atención por parte del mismo.
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En cuanto a los tiempos para solicitar la ciudadanía, la ley es más estricta. Un residente permanente debe estar físicamente presente en Canadá 1095 días de cada 4 años para poder solicitar la ciudadanía; es decir que debe vivir 3 años de cada 4 en Canadá. En términos de solicitud de ciudadanía no hay excepciones por acompañar familiares o por trabajo. La ley debe cumplirse en toda su extensión.
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Aquellas personas que van a solicitar ciudadanía, pero que han vivido en Canadá previamente a la obtención de su residencia permanente, pueden contar cada día de permanencia física en Canadá como medio día hasta por un periodo máximo de 2 años. Es decir que, el máximo de tiempo que pueden sumar para la ciudadanía del tiempo que vivieron en Canadá previamente a la obtención de la residencia permanente es 1 año. Durante este lapso la persona debe haber permanecido en Canadá con status.
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Después de que el ministerio de inmigración desenmascaró una red de fraude dedicada a proveer documentación que probara tiempos de estadía en el país, la revisión de estos dos tipos de solicitudes se ha hecho más rigurosa y los tiempos de procesamiento se han duplicado y hasta triplicado en el caso de los procesos de ciudadanía, alcanzando incluso los 5 añosen casos que ameritan revisiones profundas.
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La tarjeta de Residencia Permanente no puede ser renovada estando fuera de Canadá y sin ella no es posible regresar a Canadá, a menos de que se cuente con un documento de viaje expedido por un consulado canadiense. Este documento tarda alrededor de 28 días en ser procesado, y para obtenerlo es necesario probar que se ha cumplido con las obligaciones de residencia.
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Ahora que se acercan las fiestas es importante revisar la vigencia de la tarjeta de residencia permanente y el pasaporte canadiense, en el caso de los ciudadanos, para evitar inconvenientes de último momento. La extensión de la tarjeta de residencia permanente se está tardando en cerca de 3 meses y aunque se puede solicitar la aceleración del proceso demostrando que hay un viaje programado no es aconsejable dejar el trámite de extensión de la tarjeta de residencia para último momento. Esto podría terminar arruinado sus vacaciones.
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ICCRC R 416911
416 482 1575
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*Claudia Palacio es una experta en temas de inmigración. Pueden dirigir sus preguntas a claudiap@filici.com o también a nhmeditor@aol.com
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